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El Pagaré y la Letra de Cambio

  • abogadajennypareja
  • 8 ago 2016
  • 2 Min. de lectura

El Pagaré es un título valor en el cual existe una persona denominada otorgante, que es aquel que promete pagar una suma determinada de dinero a otra persona denominada beneficiario o portador.


El pagaré debe contener:

1) La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero.

2) El nombre de la persona a quien deba hacerse el pago.

3) La indicación de pagadero a la orden o al portador.

4) La forma de vencimiento.


Una letra de cambio es un título valor en el cual se da una orden de pagar una determinada suma de dinero a una persona denominada girado, aceptante o principal obligado, entonces en una letra de cambio siempre intervienen tres partes el girado, el girador o creador de la letra y el beneficiario; pero puede darse el caso en el que el creador de la letra es también el beneficiario.

Por otra parte en ocasiones el creador o girador de la letra también puede ser el mismo girado o aceptante.


Para que una letra de cambio preste merito ejecutivo es necesario que contenga:

1)El derecho que se incorpora.

2)La firma del creador.


Además de estos requisitos generales la letra de cambio debe contener los requisitos particulares, los cuales son: la orden incondicional de pagar una determinada suma de dinero, el nombre del girado, la forma del vencimiento, la indicación de ser pagadera a la orden o al portador.

Si la letra contiene tanto los requisitos generales como los particulares, presta merito ejecutivo, no es necesario que sea autenticada ante notario.


DIFERENCIAS ENTRE EL PAGARÉ Y LA LETRA DE CAMBIO


Ambos son títulos valores de contenido crediticio, es decir, imponen pagar sumas de dinero. La diferencia radica en cuanto a las personas, porque en un principio el Código prevé que en la letra intervienen un librador, un librado y un beneficiario, en cambio en el pagaré sólo hay necesidad de dos personas: El otorgante y el beneficiario.

Otra diferencia radica en que el pagaré es una promesa y en cambio la letra es una orden. En la letra, quien emite manda a otro a pagar, en el pagaré no sucede así, porque la persona que lo otorga se compromete a pagar directamente.


 
 
 

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